Información a los viajeros

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Este espacio incluye información sobre la enfermedad COVID-19 para viajeros e industrias relacionadas con los viajes. Debido a los movimientos de población a gran escala y a que el virus se transmite de persona a persona, no sería extraño que siguiesen confirmándose nuevos casos en otras zonas del país y en otros países.

Disposiciones 05/01/2024:

  • Los viajeros que arriban a Cuba por cualquiera de nuestros Puntos de Entrada, con independencia del país de procedencia y estado de su vacunación, no tienen que presentar ninguna prueba negativa de COVID-19.
  • Los viajeros a su llegada a Cuba, no tienen que presentar certificado de vacunación contra la COVID-19. Los viajeros procedentes de Angola, Brasil o de cualquier otra área o país con trasmisión de la Fiebre Amarilla, deberán presentar el Certificado Internacional de Vacunación contra esta enfermedad cuando la autoridad sanitaria (Control Sanitario Internacional) se lo solicite.
  • Sólo se le realizará test rápido para COVID-19 o toma de muestra para PCR a aquellos viajeros que en el momento del arribo a Cuba presenten o sean detectados con síntomas respiratorios.
  • Con independencia de la procedencia de los viajeros, su nacionalidad y el objetivo del viaje se hacen las siguientes recomendaciones:
    • Se recomienda el uso de la mascarilla dentro de las aeronaves y en el interior de las Terminales Aéreas, sobre todo en aquellos lugares donde existan aglomeraciones de personas. También se recomienda el uso de la mascarilla dentro del transporte público.
    • Se recomienda el uso de las estaciones de desinfección de las manos instaladas en todos los Puntos de Entrada al país, ya sea durante el arribo o la salida del país.
    • También se recomienda a los viajeros estar informados de los requisitos sanitarios que establecen los países hacia donde pretender viajar consultando la página web: es.kayak.com/restricciones-de-viaje.
  • Todos los viajeros cubanos residentes en Cuba, los cubanos no residentes y extranjeros residentes en el país, están en la obligación de presentarse en las primeras 24 horas del arribo a su médico de familia o en su defecto a la vicedirección de epidemiología del área de salud o policlínico donde reside; también está en la obligación de informarle a su médico o enfermera de familia los siguientes aspectos:
    • Su condición de viajero internacional.
    • Referir con los datos más exactos si padeció de alguna enfermedad durante su viaje al exterior y si se siente algún signo o síntoma de enfermedad.
  • También deberá:

    • Cumplir con las indicaciones y recomendaciones del médico y la enfermera de la familia, las cuales estarán en correspondencia con el riesgo epidemiológico que represente el país o área que usted haya visitado en el exterior, así como las indicaciones planteadas en el Programa Nacional y los protocolos establecidos de Control Sanitario Internacional.
    • Usted deberá estar atento a cualquier manifestación de enfermedad trasmisible al menos hasta 90 días de su regreso al país y ante cualquier signo o síntoma de enfermedad presentarse inmediatamente a su médico de familia o una institución del Sistema Nacional de Salud, siempre haciendo énfasis en su condición de viajero internacional.
  • Todo viajero que sale de Cuba a visitar cualquier país del mundo, con independencia del motivo, está expuesto a contraer enfermedades que no están presentes en nuestro país o están controladas, y, otras enfermedades que sí existen en Cuba pero en un contexto epidemiológico, climatológico y social diferente.

Fuente: Minsap – 5 enero 2024

Disposiciones 05/04/2022:

  • Eliminar como requisito de entrada al país la presentación de una prueba para COVID-19 (test de antígeno o PCR-RT) realizada en el país de origen, así como el certificado de vacunación anti-COVID-19.
  • Se mantendrá la toma de muestra para estudio de SARS CoV-2 (gratuito) de forma aleatoria a viajeros en los puntos de entrada al país, teniendo en cuenta la cantidad de vuelos, la entrada de embarcaciones y el riesgo epidemiológico que represente el país de origen.
  • De resultar positiva la muestra tomada en el punto de entrada se procederá según los protocolos aprobados en el país para el control clínico-epidemiológico de la COVID-19.
  • Se mantienen todos los flujos y medidas implementadas en todos los puntos de entrada al país que garantizan el distanciamiento social y la desinfección de las manos y superficies.
  • Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla en todos los puntos de entrada al país.

Medidas dentro del país:

- Todo viajero que arribe a Cuba y resulte positivo a la COVID-19 será ingresado en las instituciones de Salud designadas al efecto en cada territorio.

- Todos los contactos directos de estos viajeros serán aislados en centros designados para ello en cada territorio, o en el hogar, siempre que existan las condiciones necesarias y se garantice el cumplimiento de esta medida.

- Los casos autóctonos confirmados que sean de riesgo, o la gravedad de su cuadro lo amerite, se ingresarán en instituciones de Salud destinadas al efecto. El resto podrá ser ingresado en el hogar acorde con las condiciones de cada territorio.

- Los contactos directos de los casos autóctonos confirmados se aislarán en sus viviendas y de ser necesario lo harán institucionalmente, por espacio de ocho días.

- Las gestantes y niños menores de diez años confirmados se aislarán en las instituciones de salud destinadas al efecto.

- El estudio de los contactos de primer orden de los casos confirmados se hará en el momento que se conozca su condición de contacto.

- Para identificar casos sospechosos se reorganizará la pesquisa a la población en todos los territorios, priorizando las áreas de mayor riesgo.

- Todos los territorios del país enviarán al laboratorio nacional de referencia del Instituto de Medicina Tropical «Pedro Kourí» las muestras positivas identificadas seleccionadas para su secuenciación.

- Acelerar la aplicación de las dosis de refuerzo en todo el país, en correspondencia con la disponibilidad de vacunas existente.

Fuente: Sitio web del Minsap.


Referencias:

» Cuba elimina obligación de presentar PCR negativo y certificado de vacunación para entrar al país. Cubadebate –
» Cuba elimina cuarentena obligatoria para los viajeros procedentes de Sudáfrica. Cubadebate – 12 febrero 2022
» Ministro de Salud: Es imprescindible reforzar las medidas para proteger el país. Minsap –
» Nota informativa del Ministerio de Salud Pública. Minsap – 29 noviembre 2021
» Cuba elimina cuarentena obligatoria de viajeros internacionales al arribo al país a partir del 7 de noviembre (+ Video). Cubadebate –
» Preguntas y respuestas sobre el Control Sanitario Internacional Minsap
» Nuevas medidas de Control Sanitario Internacional. Minsap – 10 julio 2021
» Nuevas medidas entran en vigor para viajeros que arriben por los polos turísticos, sean residentes o no en Cuba. Cubadebate – 21 junio 202
» Cuba anuncia nuevas disposiciones para aislamiento de viajeros. Cubadebate – 17 junio 2021
» Publican detalles de protocolos sanitarios para quienes arriben a Cuba. Periódico Granma – 6 junio 2021
» Entran en vigor medidas para viajeros cubanos que arriben al país por aeropuertos de polos turísticos. Cubadebate – 5 junio 2021
» Cuba aplicará nuevas medidas a partir del 5 de junio ante el incremento de casos importados. Cubadebate – 25 mayo 2021
» Cuba reducirá vuelos comerciales y aplicará aislamiento institucional a viajeros internacionales. Cubadebate – 30 enero 2021
» Protocolos y medidas que todo turista que arribe a Cuba debe conocer. Cubadebate – 16 enero 2021
» Nuevas disposiciones de Control Sanitario Internacionesl. Ministerio de Salud Pública – 25 diciembre 2020

Organismos e instituciones cubanas:

Más información en Cuba:

» Nuevas medidas relacionadas al Control Sanitario Internacional y el aislamiento de viajeros. Minsap – 30 enero 2021
» Transporte vuelve a las calles santiagueras25 junio 2020
» CEO de Airbnb: Luego de la COVID-19 “los viajes como los conocíamos se han acabado”
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» Cuba alista sistema de transporte en la capital para la fase 122 junio 2020
» Comercio Interior, Transporte, Turismo y la Aduana informan sobre las medidas de la etapa pos-COVID-19 – 17 junio 2020

» Repunte de la COVID-19 aleja apertura de fronteras en Cuba
» Ministerio del Turismo: Cuba no reabrirá aún sus fronteras – 15 mayo 2020
» Todos los pasajeros que arriban al territorio nacional son sometidos a análisis – 25 marzo 2020
» Más de 2 000 cubanos varados a partir de las regulaciones de viajes en el país regresaron a Cuba – 27 abril 2020
» Díaz-Canel anuncia la regulación de la entrada por las fronteras del país – 20 marzo 2020
» No se trata de un cierre de las fronteras, sino de regular la entrada de personas – 20 marzo 2020
» Las restricciones de viajes se pondrán en vigor a partir del próximo martes – 20 marzo 2020
» Primer ministro: “La semana próxima no tendremos turistas en el país” – 20 marzo 2020
» Ministerio de Turismo informa plan de medidas para enfrentar la COVID-19 – 14 marzo 2020

Las medidas de viaje que interfieren significativamente con el tráfico internacional se justifican al comienzo de un brote, ya que pueden permitir que los países ganen tiempo, incluso solo unos pocos días, para implementar rápidamente medidas de preparación eficaces. Dichas restricciones deben basarse en una evaluación cuidadosa del riesgo, ser proporcionales al riesgo para la salud pública, ser de corta duración y reconsiderarse periódicamente a medida que la situación evoluciona.

La detección de la temperatura a la salida o a la entrada, por sí sola no es una forma efectiva de detener la propagación internacional, ya que las personas infectadas pueden estar en período de incubación, pueden no mostrar síntomas aparentes al inicio de la enfermedad o pueden disimular la fiebre mediante el uso de antipiréticos.

Los profesionales de la salud y las autoridades de salud pública deben proporcionar a los viajeros información para reducir el riesgo general de infecciones respiratorias agudas, a través de clínicas de salud de viajes, agencias de viajes, operadores de transporte y en los puntos de entrada al país.

Proceder a bordo

Si un viajero a bordo de una aeronave o barco tiene signos y síntomas indicativos de infecciones respiratorias agudas, el modelo de declaración de salud marítima (Anexo 8 del RSI) o la parte de salud de la declaración general de la aeronave (Anexo 9 del RSI), se utilizará para registrar la información de salud a bordo y enviarla a las autoridades sanitarias del POE cuando así se requiera.

La tripulación de cabina debe seguir los procedimientos operativos recomendados por la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) con respecto a la gestión de sospechas de enfermedades transmisibles a bordo de una aeronave.

Indicaciones de la Organización Mundial de la Salud

Indicaciones de la Organización Panamericana de la Salud

Indicaciones de los CDC (actualización en línea)