116 Aniversario de la culminación de la Primera Conferencia Internacional de la Paz de la Haya de 1899

Fiador Fiodorovich Martens  fue elegido por la Conferencia como presidente de la Tercera Comisión encargada de las leyes y costumbres de la guerra. El proceso de conciliación de la Convención sobre las leyes y costumbres de la guerra en tierra (a pesar de sus antecedentes): la Declaración de Bruselas en el año 1874 que en 1880 sirvió para la adopción del Manual de Oxford de 1880 de las leyes  y costumbres de la guerra  en tierra) tropezó con varias dificultades; una que Martens definió como crítica

y se solucionó gracias a su genial cláusula, desde entonces denominada “Cláusula de Martens”,- una reserva que el propuso que se incluyera en el Preámbulo del Convenio- cuyo texto es …”En los casos no comprendidos en las disposiciones reglamentarias adoptadas por ellas (las Potencias Contratantes), las poblaciones y los beligerantes permanecerán bajo la garantía y el régimen de los principios del Derecho de Gentes preconizados por los usos establecidos entre las naciones civilizadas, por las leyes de la humanidad y por las exigencias de la conciencia pública”.

En 1907, la Cláusula se inscribió en el mismo lugar de la misma Convención, estudiada y perfeccionada en la Segunda Conferencia de la Paz de La Haya.

La Cláusula de Martens tiene un valor jurídico, ético, moral, y humanitario extraordinario y por la referencia que hace al derecho consuetudinario, señala la importancia de las normas consuetudinarias para la regulación de los conflictos armados.

Es de señalar que en el Protocolo adicional I, a los Convenios de Ginebra de 1949, en su articulo 1 (2), se incluye el texto completo de una versión ligeramente modificada de la cláusula; así como en el párrafo 5 del preámbulo, de la Convención de Ginebra de 1980 sobre las prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados. Recordar que el ámbito de aplicación de esta Convención se extendió a los conflictos armados de carácter no internacional.

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