¿Qué es el Derecho Internacional Humanitario?

Los terribles crímenes de la guerra de Viet Nam, unido al auge de los Movimientos de Liberación Nacional en la década de los años sesenta incitaron a las Naciones Unidas a interesarse aún más por el derecho de la guerra y por las profundas lagunas legislativas existentes en su cuerpo normativo. Esta preocupación originó, gracias a la acción mediadora del Comité Internacional de la Cruz Roja, una nueva Conferencia Diplomática sobre reafirmación y desarrollo del Derecho Humanitario (1977), que culminó con la adopción de dos Protocolos adicionales a las Convenciones de Ginebra de 1949:

  • Protocolo I relativo a los conflictos armados internacionales (GPI).
  • Protocolo II, relativo a los conflictos armados no internacionales. (GPII).

Años siguientes, en el año 2005, fue aprobado el Protocolo III, relativo a la adopción de un emblema distintivo adicional, del cual Cuba no es parte debido a un grupo de irregularidades presentes en las negociaciones, elaboración y aprobación de dicho protocolo.

El Derecho de la Guerra, por su parte, posee como base normativa los llamados Convenios de La Haya de 1899, revisados en 1907 (unos veinte), los cuales desde 1977, en su gran mayoría, aparecen recogidos en los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra, así como en varios tratados que prohíben o regulan la utilización de ciertas armas y la conducción de las operaciones militares.

Los Convenios de La Haya se clasifican en tres categorías:

  • Orientados a evitar la guerra. (Esta categoría ha caído totalmente en desuso porque la guerra, actualmente, es ilegal).
  • Para la protección específica a las víctimas. (Con el advenimiento de los cuatro Convenios de Ginebra, las Convenciones de La Haya comprendidas en esta categoría progresivamente se han hecho obsoletas, aunque capítulos como el relativo a la ocupación, o el referente al trato debido a parlamentarios, siguen siendo válidos).
  • Para la conducción de la guerra.

Entre las pocas regulaciones de la Haya que han conservado su fuerza y aplicabilidad figuran: IV Convención relativa a las leyes y costumbres de la guerra (H.IV), sobre todo la Sección II (Hostilidades) del Reglamento anexo (H.IV.R), incorporadas desde 1977 en el Titulo III (Métodos y Medios de guerra) del Protocolo Adicional I (GPI) y por su larga existencia e importancia han hecho de ellas parte del Derecho Consuetudinario. V Convención relativa a los derechos y deberes de las potencias y de las personas neutrales en caso de guerra terrestre, aunque en la actualidad ha perdido mucho de su anterior importancia. XIII Convención relativa a los deberes y derechos de las potencias neutrales en la guerra marítima y cinco convenciones más relativas a la guerra marítima (VI, VII, VIII, IX y XI).Declaración XIV relativa a la prohibición de lanzar proyectiles y explosivos desde globos. Declaración IV-2 concerniente a la prohibición de la utilización de gases en la guerra. Declaración IV-3 concerniente al empleo de balas que se hinchan o se aplastan fácilmente en el cuerpo humano, La Haya 1899, complemento de la declaración de San Petersburgo de 1868 que prohibía el empleo de todo proyectil de un peso inferior a 400 g que, o sea explosivo, o esté cargado de materias fulminantes o inflamables.

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